La Ley de la Dependencia es una ley destinada a todas aquellas personas que por la falta o pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de ayuda importante a fin de realizar las actividades de la vida diaria y, de modo particular, los referentes al cuidado personal.
Esta ley entró en vigor en España en el año 2007, siendo destinada en un principio a aquellas personas que estaban cuidando a sus familiares en el domicilio. Esa persona, familiar de la necesitada obtenía una renta económica. Sin embargo, hoy en día esta ayuda es concedida también a personas no familiares de la necesitada. Todas aquellas personas que solicitan esta ayuda deberán primeramente rellenar una solicitud, y una vez que ésta ha sido registrada en el órgano correspondiente de cada comunidad autónoma pasaríamos a la segunda fase, en la cual el personal técnico contactará con el solicitante para concertar una entrevista en su propio domicilio, para así poder realizar un informe en el que se exprese el nivel de dependencia que esta persona necesita. En la valoración se tendrán en cuenta el informe de salud y la situación de la vivienda.
Los grados y niveles de dependencia que reconoce la ley son los siguientes:
Grado I de dependencia Moderada. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD(Actividades Básicas de la Vida Diaria) al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. | Grado II de Dependencia Severa. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD (Actividades Básicas de la Vida Diaria) dos o tres veces al día pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador, o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. | Grado III de Gran Dependencia. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD (Actividades Básicas de la Vida Diaria) varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial necesita el apoyo indispensable y contínuo de otra persona, o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. |
Centrándonos en Segura de León, Antonia Gata, anciana de 87 años, es una de las personas que actualmente cuenta con esta ayuda, concedida aproximadamente hace dos años. Antonia recibió esta ayuda debido principalmente a su informe médico, ya que ha sido intervenida quirúrgicamente tres veces de las piernas, es diabética y tiene la vista deficiente, además de sufrir hace unos meses una rotura de fémur.
Lola González es la encargada de ofrecer el cuidado necesario a esta persona, que según comenta la anciana, es una cuidadora especial, ya que se trata de su hija, y a pesar de estar con ella las dos horas que tiene estipuladas, está al cuidado y le hace compañía mucho más tiempo del definido. Lola sostiene que estas personas necesitan mucho más tiempo del estipulado, ya que aparte del apoyo físico que cubre la ayuda, necesitan apoyo psicológico para poder seguir desarrollando sus capacidades específicas en un entorno social amplio. Destacar también, que Antonia puede estar tranquila cuando su hija no se encuentra con ella, ya que cuenta con un pulsador colocado a modo de colgante en el que si lo presiona contacta directamente con la Cruz Roja, pero según ella, nunca ha tenido que usarlo.
Lola todos los días empieza su labor sobre las 10:00 de la mañana ayudando a levantar a su madre, seguidamente el aseo, la medicación y el desayuno. Una vez que termina el desayuno empieza a realizar las tareas del hogar y la comida. Por las tardes, todos los días van a caminar alrededor de una hora y media y los días que pueden también lo hacen por la mañana.
Por otro lado, también hay que tener en cuenta dos críticas importantes derivadas del mantenimiento de esta ley:
- Esta ayuda solamente recoge la realización de las tareas que conllevan a un esfuerzo físico para la persona dependiente durante el tiempo estipulado en cada familia. Por ello, aparte de esta ayuda física, estaría bien plantear una ayuda en la que se incentivara la relación social de estas personas.
- Según fuentes relacionadas con esta ley, se puede afirmar, que en ocasiones los cuidadores sufren una demora en el ingreso de su nómina, por lo que nos hace pensar que no tratan con seriedad una ley tan importante como esta.
FUENTES:
Texto: propio, elaborado a partir de una entrevista a Antonia Gata, beneficiaria de la ley de la Dependencia y a su cuidadora Lola González. Consulta de la Ley de la dependencia.
Imágenes: propias.
Vídeo: propio, subido a mi canal de youtube. juanmalm30
AUTOR: Juan Manuel Luengo Medina.